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Servicios profesionales

Asesoría en Fiscalización de la Administración Tributaria

OBJETIVO Y ALCANCE DE NUESTRO TRABAJO

En particular, nuestros servicios consisten en la asesoría en la fiscalización integral que efectuará la Administración Tributaria al Impuesto a la Renta, trataremos en lo posible que la SUNAT aplique los mínimos reparos o sanciones a la COMPAÑÍA (contribuyente). Asimismo, presentar todos los sustentos que solicite la SUNAT durante la etapa de fiscalización, dado que los sustentos presentados en la etapa de Reclamación o Apelación ya no tiene validez, de tal forma de eliminar los riesgos tributarios.

Nuestro trabajo de Asesoría Integral consta de lo siguiente:
  • Asistencia permanente en los Requerimientos que emita la SUNAT en el proceso de fiscalización.
  • Elaboración de Cartas para poder prorrogar para la presentación de la documentación solicitada por la Administración Tributaria.
  • Preparación con la ayuda de la COMPAÑÍA de los sustentos tributarios que solicite la SUNAT (parte principal de fiscalización).
  • Revisión preliminar de los documentos que solicite la SUNAT (parte principal de fiscalización) y trazar las estrategias para preparar los sustentos y la causalidad de los gastos.
  • Elaboración de escritos en base a fundamentos contables (NIIF) y tributarios (Consultas de SUNAT y Resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal) sobre los puntos observados.
  • Elaboración de una Cartilla Tributaria en base a Jurisprudencias emitidas por el Tribunal Fiscal e Informes emitidos por la Administración Tributaria, la cual le servirá a la COMPAÑÍA como una guía permanente para el sustento adecuado de los gastos tributarios.
RECUERDE:​

Que el éxito para salir airoso en un Proceso de Fiscalización de la Administración Tributaria está en el Planeamiento (es decir anticiparse a los hechos), contar con una Cartilla Tributaria donde señale los diferentes sustentos que se deben de contar para cada tipo de gasto, de tal forma que al momento de contabilizar una Factura por un servicio, está ya cuente con todos los sustentos y sea archivada con dicha documentación. Porque se presenta casos que han pasado tres años cuando inicia la fiscalización la Administración Tributaria un determinado ejercicio fiscal, recién se comete a preparar los sustentos y las personas que realizaron esos gastos observados de repente ya no trabajan.

Asimismo, presentar toda la documentación adicional que solicite la Administración Tributaria durante la etapa de fiscalización, dado que su presentación posterior, ya sea en la etapa de reclamación o apelación no tienen validez, salvo que se pague el tributo acotado con sus respectivas multas e intereses.

Nuestros servicios están orientados a que el contribuyente presente todos los sustentos antes del Requerimiento del Art. 75° del Código Tributario, de tal manera que la COMPAÑÍA no tenga reparos para reclamar o apelar y todas las multas sean acogidas a una rebaja del 95%.